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JUSTIFICACIÓN
La experiencia y la tradición ya
existentes en lo que se refiere a la colaboración en actividades, publicaciones,
trabajos, etc., entre el Consello d'a Fabla Aragonesa y diversas instituciones,
asociaciones y entidades, son un fundamento bien sólido que permite
considerar la posibilidad de acordar procedimientos más formales para
acrecentar y extender esa colaboración, al mismo tiempo que para profundizar
en algunos aspectos, aprovechando mutuamente las posibilidades que tiene cada
institución y tratando de conseguir un beneficio para el aragonés
en general, en su estudio e investigación, promoción y difusión,
y especialmente, tratando de apoyar decisivamente y de forma conjunta un modelo
de aragonés común o estándar cada vez mejor, más
correcto, más coherente y más de acuerdo con la idiosincrasia
y las características lingüísticas propias de este idioma.
Conviene recordar que en algunas zonas
de Aragón todavía se conserva el aragonés como lengua
tradicional de uso familiar, en especial en las zonas rurales situadas al
norte de la línea Biel - Biscarrués, Almudébar - Berbegal
- Fonz. Por otro lado, cada vez son más frecuentes las publicaciones,
manifestaciones culturales, recitales, etc., en que se emplea el aragonés
como idioma de expresión y comunicación. El interés de
los jóvenes por el aprendizaje o la recuperación del aragonés
se hace patente en el gran número de cursos y cursillos que cada año
se llevan a cabo. Por último no hay que olvidar la pendiente presentación
en las Cortes de Aragón del anteproyecto de la Ley de Lenguas, que,
de acuerdo con el Dictamen de la Comisión de Política Lingüística,
deberá desarrollar un marco legal para la aplicación del artículo
séptimo del Estatuto de Autonomía de Aragón y para dar
cumplimiento a la Ley de Patrimonio Cultural.
Por todo ello, y teniendo en cuenta la
necesidad de estar dotados de instrumentos ágiles y efectivos que nos
permitan llevar a cabo satisfactoriamente el arduo proceso de puesta a punto
en lo que respecta al uso público y enseñanza del aragonés,
así como a la utilización en los medios de comunicación
y en la administración, en carteles, impresos e indicaciones de edificios,
espacios públicos y carreteras, etc., así como, en general,
la necesidad de contar con organismos que encaucen el uso correcto del aragonés
escrito y puedan asesorar en todos los aspectos derivados de la codificación,
normativización, normalización, promoción, recuperación
y difusión del aragonés, es por lo que consideramos oportuno
formalizar este CONVENIO DE COLABORACIÓN.
PUNTOS EN LOS QUE SE CONCRETA
EL CONVENIO DE COLABORACIÓN
El convenio de colaboración entre
XXX y el Consello d'a Fabla Aragonesa se concreta en los siguientes
puntos:
- El Consello d'a Fabla Aragonesa pone a disposición
de XXX el quehacer de asesoramiento lingüístico del Consello
Asesor, organismo que, de acuerdo con el Reglamento de Funcionamiento
del Consello d'a Fabla Aragonesa, tiene las siguientes funciones:
revisión y corrección de textos en aragonés que se
vayan a publicar; asesoría lingüística; señalar
la dirección para la mejor y más correcta codificación
del aragonés común escrito y para la aplicación de
las normas gráficas del aragonés; publicación de un
manual de estilo; intentar ir a la par con instituciones, asociaciones y
editoriales, en lo que respecta a las normas y proposiciones de empleo que
se vayan aprobando. Forman parte de este Consello Asesor un mínimo
de siete personas, elegidas por la Chunta Direutiba (a iniciativa
de esta o de un conjunto de consejeros, como mínimo tres) y confirmadas
en votación personalizada por la mitad más uno, como mínimo,
de la Asambleya Cheneral.
- El Consello d'a Fabla Aragonesa y XXX
acuerdan actualizar y desarrollar las normas de escritura en aragonés
literario común o estándar de acuerdo con las líneas
que vaya señalando o aconsejando el Consello Asesor para el
aragonés.
- El Consello d'a Fabla Aragonesa se compromete
a contratar a alguna(s) persona(s) especializada en Filología Aragonesa
para que pueda(n) llevar adelante el trabajo del Consello Asesor, de acuerdo
con las indicaciones, resoluciones y recomendaciones de éste. Dicha(s)
persona(s) hará(n) trabajos propios del Consello d'a Fabla Aragonesa,
así como trabajos de encargo de instituciones, asociaciones, etc.
Entre otros, realizarán los siguientes quehaceres: -repaso y aliño
de originales en aragonés; -corrección de pruebas de imprenta
de textos en aragonés; -repaso y aliño de traducciones en
aragonés de textos en castellano u otro idioma; -aplicación
correcta de las normas gráficas del aragonés; -informes sobre
trabajos escritos en aragonés o sobre traducciones al aragonés;
-traducción al aragonés de carteles y rotulación pública;
-traducción o adaptación al aragonés de listas de calles
de una localidad o topónimos de una comarca; -informes sobre las
formas tradicionales de los topónimos y antropónimos; -redacción
de normas y orientaciones; etc. Siempre siguiendo las indicaciones y con
la ayuda y la supervisión del Consello Asesor. Todos estos
trabajos se harán de forma gratuita para todas aquellas instituciones
o asociaciones que, como XXX, hayan firmado convenio de colaboración
con el Consello d'a Fabla Aragonesa; por el contrario, se facturarán
a instituciones, asociaciones, empresas o particulares con los que no se
haya firmado convenio de colaboración.
- El Consello d'a Fabla Aragonesa pone igualmente
a disposición del Consello Asesor su organización administrativa,
los locales que posee en propiedad en Huesca (Avenida de los Danzantes,
34, bajo), los medios informáticos, de documentación y bibliográficos
(biblioteca y hemeroteca) que posee en su sede en estos momentos, y que
se compromete a mantener, mejorar y aumentar, así como los que pueda
poseer en el futuro.
- XXX se compromete a colaborar con el Consello d'a
Fabla Aragonesa aportando una parte proporcional a los costes de funcionamiento
del Consello Asesor, incluyendo los contratos que el Consello d'a Fabla
Aragonesa formalice con alguna(s) persona(s) para que se dedique exclusivamente
a ejecutar materialmente los acuerdos y orientaciones del Consello Asesor,
así como a hacer los repasos, revisiones y acomodaciones que sean
necesarios, contando siempre con los medios económicos y materiales
necesarios (bibliográficos, informáticos, administrativos,
etc.) En concreto, XXX hará una aportación anual
de xxxxxx euros, que se efectuará dentro de los cinco primeros
meses de cada año.
- El pacto de colaboración será activo
desde el momento de la firma por los responsables de las dos instituciones
hasta que las dos instituciones, de mutuo acuerdo, pacten deshacerlo, para
lo que será necesario que una de las partes comunique esa intención
con un mínimo de tres meses de antelación. También
podrá ser adecuado a nuevas circunstancias, modificando algún
punto del texto o añadiendo otros, si se cree conveniente, para lo
que también será necesario que se comunique con un mínimo
de tres meses de antelación y sean aprobados los cambios por
el Consello d'a Fabla Aragonesa y XXX.
Y en prueba de aceptación de este convenio de
colaboración en todos sus puntos, firman respectivamente,
en Huesca, a .......... de ............................
de 2......,
Por XXX
..................................................................................Por
el Consello d'a Fabla Aragonesa.................
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