Contino s'ofrexe un modelo de pauto de colaborazión redautato en español ta que pueda estar millor entendito por as presonas que no sigan abezatas á leyer en aragonés u ta ixas atras que no lo conoxcan.

BORRADOR
PARA EL CONVENIO DE COLABORACIÓN
CON
EL CONSELLO D'A FABLA ARAGONESA

JUSTIFICACIÓN

La experiencia y la tradición ya existentes en lo que se refiere a la colaboración en actividades, publicaciones, trabajos, etc., entre el Consello d'a Fabla Aragonesa y diversas instituciones, asociaciones y entidades, son un fundamento bien sólido que permite considerar la posibilidad de acordar procedimientos más formales para acrecentar y extender esa colaboración, al mismo tiempo que para profundizar en algunos aspectos, aprovechando mutuamente las posibilidades que tiene cada institución y tratando de conseguir un beneficio para el aragonés en general, en su estudio e investigación, promoción y difusión, y especialmente, tratando de apoyar decisivamente y de forma conjunta un modelo de aragonés común o estándar cada vez mejor, más correcto, más coherente y más de acuerdo con la idiosincrasia y las características lingüísticas propias de este idioma.

Conviene recordar que en algunas zonas de Aragón todavía se conserva el aragonés como lengua tradicional de uso familiar, en especial en las zonas rurales situadas al norte de la línea Biel - Biscarrués, Almudébar - Berbegal - Fonz. Por otro lado, cada vez son más frecuentes las publicaciones, manifestaciones culturales, recitales, etc., en que se emplea el aragonés como idioma de expresión y comunicación. El interés de los jóvenes por el aprendizaje o la recuperación del aragonés se hace patente en el gran número de cursos y cursillos que cada año se llevan a cabo. Por último no hay que olvidar la pendiente presentación en las Cortes de Aragón del anteproyecto de la Ley de Lenguas, que, de acuerdo con el Dictamen de la Comisión de Política Lingüística, deberá desarrollar un marco legal para la aplicación del artículo séptimo del Estatuto de Autonomía de Aragón y para dar cumplimiento a la Ley de Patrimonio Cultural.

Por todo ello, y teniendo en cuenta la necesidad de estar dotados de instrumentos ágiles y efectivos que nos permitan llevar a cabo satisfactoriamente el arduo proceso de puesta a punto en lo que respecta al uso público y enseñanza del aragonés, así como a la utilización en los medios de comunicación y en la administración, en carteles, impresos e indicaciones de edificios, espacios públicos y carreteras, etc., así como, en general, la necesidad de contar con organismos que encaucen el uso correcto del aragonés escrito y puedan asesorar en todos los aspectos derivados de la codificación, normativización, normalización, promoción, recuperación y difusión del aragonés, es por lo que consideramos oportuno formalizar este CONVENIO DE COLABORACIÓN.

PUNTOS EN LOS QUE SE CONCRETA
EL CONVENIO DE COLABORACIÓN

El convenio de colaboración entre XXX y el Consello d'a Fabla Aragonesa se concreta en los siguientes puntos:

  1. El Consello d'a Fabla Aragonesa pone a disposición de XXX el quehacer de asesoramiento lingüístico del Consello Asesor, organismo que, de acuerdo con el Reglamento de Funcionamiento del Consello d'a Fabla Aragonesa, tiene las siguientes funciones: revisión y corrección de textos en aragonés que se vayan a publicar; asesoría lingüística; señalar la dirección para la mejor y más correcta codificación del aragonés común escrito y para la aplicación de las normas gráficas del aragonés; publicación de un manual de estilo; intentar ir a la par con instituciones, asociaciones y editoriales, en lo que respecta a las normas y proposiciones de empleo que se vayan aprobando. Forman parte de este Consello Asesor un mínimo de siete personas, elegidas por la Chunta Direutiba (a iniciativa de esta o de un conjunto de consejeros, como mínimo tres) y confirmadas en votación personalizada por la mitad más uno, como mínimo, de la Asambleya Cheneral.

  2. El Consello d'a Fabla Aragonesa y XXX acuerdan actualizar y desarrollar las normas de escritura en aragonés literario común o estándar de acuerdo con las líneas que vaya señalando o aconsejando el Consello Asesor para el aragonés.

  3. El Consello d'a Fabla Aragonesa se compromete a contratar a alguna(s) persona(s) especializada en Filología Aragonesa para que pueda(n) llevar adelante el trabajo del Consello Asesor, de acuerdo con las indicaciones, resoluciones y recomendaciones de éste. Dicha(s) persona(s) hará(n) trabajos propios del Consello d'a Fabla Aragonesa, así como trabajos de encargo de instituciones, asociaciones, etc. Entre otros, realizarán los siguientes quehaceres: -repaso y aliño de originales en aragonés; -corrección de pruebas de imprenta de textos en aragonés; -repaso y aliño de traducciones en aragonés de textos en castellano u otro idioma; -aplicación correcta de las normas gráficas del aragonés; -informes sobre trabajos escritos en aragonés o sobre traducciones al aragonés; -traducción al aragonés de carteles y rotulación pública; -traducción o adaptación al aragonés de listas de calles de una localidad o topónimos de una comarca; -informes sobre las formas tradicionales de los topónimos y antropónimos; -redacción de normas y orientaciones; etc. Siempre siguiendo las indicaciones y con la ayuda y la supervisión del Consello Asesor. Todos estos trabajos se harán de forma gratuita para todas aquellas instituciones o asociaciones que, como XXX, hayan firmado convenio de colaboración con el Consello d'a Fabla Aragonesa; por el contrario, se facturarán a instituciones, asociaciones, empresas o particulares con los que no se haya firmado convenio de colaboración.
  4. El Consello d'a Fabla Aragonesa pone igualmente a disposición del Consello Asesor su organización administrativa, los locales que posee en propiedad en Huesca (Avenida de los Danzantes, 34, bajo), los medios informáticos, de documentación y bibliográficos (biblioteca y hemeroteca) que posee en su sede en estos momentos, y que se compromete a mantener, mejorar y aumentar, así como los que pueda poseer en el futuro.
  5. XXX se compromete a colaborar con el Consello d'a Fabla Aragonesa aportando una parte proporcional a los costes de funcionamiento del Consello Asesor, incluyendo los contratos que el Consello d'a Fabla Aragonesa formalice con alguna(s) persona(s) para que se dedique exclusivamente a ejecutar materialmente los acuerdos y orientaciones del Consello Asesor, así como a hacer los repasos, revisiones y acomodaciones que sean necesarios, contando siempre con los medios económicos y materiales necesarios (bibliográficos, informáticos, administrativos, etc.) En concreto, XXX hará una aportación anual de xxxxxx euros, que se efectuará dentro de los cinco primeros meses de cada año.
  6. El pacto de colaboración será activo desde el momento de la firma por los responsables de las dos instituciones hasta que las dos instituciones, de mutuo acuerdo, pacten deshacerlo, para lo que será necesario que una de las partes comunique esa intención con un mínimo de tres meses de antelación. También podrá ser adecuado a nuevas circunstancias, modificando algún punto del texto o añadiendo otros, si se cree conveniente, para lo que también será necesario que se comunique con un mínimo de tres meses de antelación y sean aprobados los cambios por el Consello d'a Fabla Aragonesa y XXX.

Y en prueba de aceptación de este convenio de colaboración en todos sus puntos, firman respectivamente,

en Huesca, a .......... de ............................ de 2......,

 

 

Por XXX ..................................................................................Por el Consello d'a Fabla Aragonesa.................